La pena de muerte estuvo implantada en España hasta bien entrado el s. XX y en Alicante se puso en práctica en diferentes momentos a lo largo de su historia. Desde la hoguera -ejecutada en la vecina Murcia-, la horca y el garrote fueron las técnicas utilizadas para dar muerte a los reos en la terreta, en diferentes espacios según la ciudad iba creciendo. Benjamín Llorens hace un repaso de la evolución de la pena capital en Alicante.
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Hoja del Lunes © | REDACTADO POR: Benjamín Llorens
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asta la primera mitad del siglo XIX la pena de muerte en España se ejecutaba mediante el fuego si el delito era contra la religión y mediante la horca si el reo era condenado por delitos comunes. La jurisdicción militar hacía «rancho aparte», aquí primaba el fusilamiento.
A los herejes condenados a morir en la hoguera se les ajusticiaba en el Quemadero, previa condena por el correspondiente tribunal de la Inquisición, de tal manera que sólo se ejecutaban estas penas en aquellas capitales donde existía tribunal del Santo Oficio. Alicante no disponía de tribunal inquisitorial, sólo de una Comisaría que derivaba los reos a la vecina Murcia donde eran juzgados y, en su caso, ejecutados en la pira del Quemadero.
En los años que van desde 1770 hasta 1834, fecha de la abolición definitiva del Santo Oficio, el tribunal de Murcia únicamente registra un caso relativo a un vecino de nuestras comarcas alicantinas, Juan Ripoll más conocido como «el tío Chuanet el de Elch», condenado por agorero y nigromántico. Pasó algunos meses en los calabozos de la ciudad del Segura y luego lo devolvieron a su casa. Afortunadamente para él no acabó en el Quemadero.
Por lo que respecta a la horca, las ejecuciones se llevaban a cabo en las grandes poblaciones y en pueblos de menor entidad cuyos señores jurisdiccionales gozaban del «Real Privilegio del uso de horca y cuchillo» (la horca para el vulgo, el acero para la nobleza).
En el partido judicial de Alicante únicamente el señor de Villafranqueza tenía el privilegio de levantar horca. Eso sí, con la condición de que una vez cumplida la sentencia fuera derribada y se trasladase el cadáver del ajusticiado a Alicante para ser expuesto en las horcas de la capital durante el tiempo fijado por las leyes.
Durante una época las horcas funcionaron a buen ritmo en la terreta. Hasta principios del siglo XVIII la ciudad terminaba en las murallas del barranco de Canicia, o lo que es lo mismo en la actual Rambla de Méndez Núñez. Poco más allá y cercano entonces a la orilla del mar, se extendía un llano que fué el lugar elegido para «levantar horca», ajusticiar a los reos y dejar los cadáveres expuestos para «escarnio y ejemplo». Ese lugar se llamó plaza de la Horcas y hoy lo conocemos como Portal de Elche. Hasta la segunda década del siglo XIX fue el sitio donde se llevaron a cabo todas las ejecuciones.
Con la invasión francesa y la guerra de la independencia hubo varios intentos de eliminar la horca como pago de la pena capital. El primero en 1809 a cargo del monarca impuesto por Napoleón, su hermano José Bonaparte, José I o -popularmente- Pepe Botella. Más tarde, en 1812, las liberales Cortes de Cádiz decretaron la abolición de la horca «…queriendo que el suplicio de los delincuentes no ofrezca un espectáculo demasiado repugnante a la humanidad y al carácter generoso de la nación española, las Cortes generales y extraordinarias decretan: Que desde ahora queda abolida la pena de horca, sustituyéndose por la de garrote para los reos que sean condenados a muerte. Dado en Cádiz a 24 de enero de 1812″.
Esto también quedó en agua de borrajas, pues cuando Fernando VII volvió de su forzado exilio francés para ocupar el trono, decretó la suspensión de todo lo legislado en España durante su ausencia. Corría mayo de 1814.
Quedó pues restablecida la pena de muerte por horca en todas las Españas, también en las colonias americanas.
En los años que van desde 1770 hasta 1834, fecha de la abolición definitiva del Santo Oficio, el tribunal de Murcia únicamente registra un caso relativo a un vecino de nuestras comarcas alicantinas, Juan Ripoll más conocido como «el tío Chuanet el de Elch», condenado por agorero y nigromántico. Pasó algunos meses en los calabozos de la ciudad del Segura y luego lo devolvieron a su casa. Afortunadamente para él no acabó en el Quemadero.
Por lo que respecta a la horca, las ejecuciones se llevaban a cabo en las grandes poblaciones y en pueblos de menor entidad cuyos señores jurisdiccionales gozaban del «Real Privilegio del uso de horca y cuchillo» (la horca para el vulgo, el acero para la nobleza).
En el partido judicial de Alicante únicamente el señor de Villafranqueza tenía el privilegio de levantar horca. Eso sí, con la condición de que una vez cumplida la sentencia fuera derribada y se trasladase el cadáver del ajusticiado a Alicante para ser expuesto en las horcas de la capital durante el tiempo fijado por las leyes.
Durante una época las horcas funcionaron a buen ritmo en la terreta. Hasta principios del siglo XVIII la ciudad terminaba en las murallas del barranco de Canicia, o lo que es lo mismo en la actual Rambla de Méndez Núñez. Poco más allá y cercano entonces a la orilla del mar, se extendía un llano que fué el lugar elegido para «levantar horca», ajusticiar a los reos y dejar los cadáveres expuestos para «escarnio y ejemplo». Ese lugar se llamó plaza de la Horcas y hoy lo conocemos como Portal de Elche. Hasta la segunda década del siglo XIX fue el sitio donde se llevaron a cabo todas las ejecuciones.
Con la invasión francesa y la guerra de la independencia hubo varios intentos de eliminar la horca como pago de la pena capital. El primero en 1809 a cargo del monarca impuesto por Napoleón, su hermano José Bonaparte, José I o -popularmente- Pepe Botella. Más tarde, en 1812, las liberales Cortes de Cádiz decretaron la abolición de la horca «…queriendo que el suplicio de los delincuentes no ofrezca un espectáculo demasiado repugnante a la humanidad y al carácter generoso de la nación española, las Cortes generales y extraordinarias decretan: Que desde ahora queda abolida la pena de horca, sustituyéndose por la de garrote para los reos que sean condenados a muerte. Dado en Cádiz a 24 de enero de 1812″.
Esto también quedó en agua de borrajas, pues cuando Fernando VII volvió de su forzado exilio francés para ocupar el trono, decretó la suspensión de todo lo legislado en España durante su ausencia. Corría mayo de 1814.
Quedó pues restablecida la pena de muerte por horca en todas las Españas, también en las colonias americanas.
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